martes, 23 de septiembre de 2008

Taller de Ley de la Cinematografía Nacional y sus reglamentos


Día 23 de septiembre de 2008. (SEgundo día)
La Licenciada María Elena Seco (Gerente de Desarrollo Cinematográfico) del CNAC, expuso en resumen, las siguientes ideas:
El marco legal cinematográfico está formado por:
1.- La Ley de la Cinematografía Nacional (2005).
2.- El Reglamento de la Ley de Cinematografía (2003).
3.- Reglamento Interno de Estímulo y Fomento a la Creación y a la Producción Cinematográfica (2007 y modificaciones en 2008).
4.- Reglamento Interno para la Promoción y Comercialización de Obras Cinematográficas Nacionales (2006).
En la actualidad se está trabajando por un Reglamento a la Ley de la Cinematografía Nacional, lo cual resolverá muchas dudas.
Estructura del CNAC:
1.- Consejo Nacional Administrativo
2.- Comité Ejecutivo: quien decide mecanismos de convocatoria.
3.- Presidente del CNAC: es el ejecutor, vela por el cumplimiento de las decisiones del Comité Ejecutivo.
4.- Comisiones: áreas especializadas (el sector público y privado está representado)
Pero el CNAC no está sólo, es parte de la Plataforma del Cine.
Hay un baremo para la selección de obras cinematográficas. Producto de recomendaciones y sugerencias.
Estímulo y Fomento a la Creación y Producción:
1.- Modalidades de creación
2.- Modalidades de Producción
3.- Proceso de selección de proyectos
Programa de Fomento a la Producción Cinematográfica:
1.- Apoyo a la producción de obras cinematográficas
2.- Estímulo y promoción de la producción
3.- Supervisar y auditar las obras cinematográficas
Para el Financiento de largometrajes (siempre y cuando no sea ópera prima) se toma en cuenta que el costo total de este sea hasta 3 millones de Bs. F. y de esto se otorga sólo la mitad (1.5 millones de Bs. F.)
Para el financiemiento de óperas primas se toma en cuenta que haya realizado cortometrajes y que el costo total sea hasta 3 millones de Bs. F. En este caso se puede otorgar el 100%.
La figura de Productores Delegados se incluirá en el Reglamento de la Ley Nacional de Cinematografía Nacional.
A pesar de ser aprobado un proyecto se designa un productor delegado para establecer si se cumple con las condiciones necesarias para empezar dicho proyecto y así el CNAC entregarle efectivamente el dinero aprobado. El productor delegado actúa como acompañante durante todo el proyecto. No sólo al principio y eso para María Elena Seco ha sido satisfactorio, sobre todo con la nueva generación, los nuevos óperas primas.
Plan de Financiamiento: para proyectos cinematográficos dirigidos a personas naturales (quienes además deben buscar un respaldo de empresas productoras) y personas jurídicas (minoritariamente).
Origen de los Recursos Financieros:
1.- Del ejecutivo.
2.- Vía Fondo para la Promoción y Financiamiento del Cine (FONPROCINE) (Art. 40 Ley de la Cinematografía Nacional)
Programas que se financian:
1.- Planes de apoyo financiero
2.- Estímulos, subsidios e incentivos a la producción de obras cinematográficas.
3.- Proyectos de investigación en cinematografía.
4.- Proyectos de investigación sobre los derechos de propiedad intelectual.
5.- Creación y mantenimiento del Programa de Bienestar Social.
Distribución de los fondos (hasta ahora):
1.- 60% para la producción
2.- hasta 10% para Bienestar Social. De esto no se ha hecho nada el dinero no se ha tocado.
3.-El resto demás de las actividades contempladas en la Ley.
Datos:
Lic. María Elena Seco
Teléfonos: 0212-232.60.95/ 238.77.94

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